La vida de Luciana Jazmín Alacor y el factor humano en el Estado bonaerense

Josefina López Mac Kenzie
4 min readJul 21, 2022

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El 26 de junio a la madrugada, un hombre de 41 años que manejaba una Kangoo blanca y tenía 1,36 de alcohol en sangre atropelló en la avenida XII entre 78 y 79 de San Clemente del Tuyú a dos adolescentes. Una de sus víctimas, de 15 años, sufrió lesiones leves y obtuvo el alta. La otra fue derivada a La Plata con código rojo de urgencia. Quedó internada en terapia intensiva en el policlínico San Martín, con muerte cerebral. La chica se llamaba Luciana Jazmín Alacor y tenía unos 16 años. Pero quienes la acompañaban en el hospital no lo podían demostrar, porque era una persona indocumentada. El 19 de julio murió.

Esto es lo que pasó en esos 23 días.

El 29 de junio, personal del servicio de Terapia Intensiva del hospital envió un resumen de la historia clínica de la paciente al juzgado de Familia N° 4 de La Plata –de turno–, a cargo de la jueza Silvia Mendilaharzo. El juzgado no acusó recibo ni respondió.

El 29 de junio, un trabajador social del hospital contactó a la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas, del Ministerio de Seguridad. Luciana estaba en una situación irreversible y estaba indocumentada. En esas condiciones, no se podría disponer el trasplante de sus órganos. Necesitaban ayuda para identificarla.

El 29 de junio, el director de Personas Desaparecidas, Alejandro Incháurregui, habló con la secretaria del juzgado de Familia N° 4. Le explicó la situación y la necesidad de ordenar urgente la inscripción de la paciente, algo que podía conducir a la donación de órganos. La funcionaria judicial le devolvió el llamado después de hablar con la jueza: le darían celeridad al caso.

El 29 de junio, minutos después, Incháurregui y una identificadora de la División Dactiloscopía de la Policía Bonaerense fueron al hospital, le tomaron las huellas a Luciana, las mandaron a cotejar al Registro Nacional de las Personas y hablaron con quienes acompañaban a Luciana en el hospital –presuntos familiares de crianza y allegados–.

El 29 de junio al finalizar el día, el ReNaPer informó que el resultado era negativo: no tenían esas huellas registradas.

Según se pudo reconstruir, ni siquiera el nacimiento estaba inscripto, porque su madre había huido del hospital con ella de bebé. Luciana se escolarizó, pero vivió como una persona no nacida. El 17 de febrero pasado, en San Clemente, gestionó una preinscripción de su nacimiento. Evidentemente, cinco meses después ese trámite no superó la etapa preliminar: sus huellas no llegaron al ReNaPer.

El 30 de junio a las 9:19 Incháurregui se contactó de nuevo con el juzgado de Familia N° 4, al email jusfam-4@pjba.gov.ar. Redactó una síntesis del caso: una paciente indocumentada internada con muerte cerebral en el hospital San Martín, el resultado informado por el ReNaPer y la necesidad de destrabar su situación documental. Agregó los nombres y números de teléfono de quienes acompañaban a Luciana, y de la médica procuradora de Tejidos y Órganos del policlínico, Lorena Cabillon, que estaba muy comprometida ocupándose del caso. El juzgado no acusó recibo ni respondió el mail del funcionario.

El 15 de julio, desde la Receptoría General de Expedientes del Departamento Judicial La Plata, la auxiliar letrada Paula Abigail Caparra envió un email a la terapia intensiva del hospital (el mismo servicio que 15 días antes había enviado un email al juzgado de Familia N° 4). El motivo de la comunicación era burocrático: necesitaban darle ingreso al expediente con un nombre y apellido, para que no se perdiera en el sistema. Toda una paradoja. De no ser posible esto, necesitaban que el hospital facilitara un nombre y apellido para ingresar.

El 15 de julio, desde el Servicio Social del hospital, una funcionaria solicitó informalmente al ReNaPer que identificaran a la paciente. En consecuencia, dos enviados del ReNaPer llegaron al hospital para tomar las huellas (que 15 días antes habían sido tomadas por personal provincial e informadas por el ReNaPer en el lapso de 24 hs). De esta segunda toma de huellas, una semana después no hay resultados.

Ante un desenlace inminente, personal del Centro Único Coordinador de Ablación e Implante Provincia de Buenos Aires (Cucaiba) se comunicó con el juzgado de Familia N° 4. Les dijeron que no estaban al tanto del caso y les recomendaron enviar un email a receptoría-familia-lp@jusba.gov.ar (la misma dependencia que había escrito a la terapia intensiva para pedir un nombre para el expediente).

El 19 de julio, la médica Lorena Cabillon informó al director de Personas Desaparecidas que Luciana había muerto.

Murió sin que el Estado la inscribiera y sin tener DNI.

El 21 de julio, al cierre de estas líneas, queda por conocer qué pasos dio el juzgado de Familia N° 4 ante las presentaciones contrarreloj que hicieron el servicio de Terapia Intensiva del policlínico San Martín y la Dirección Provincial de Personas Desaparecidas. Qué nombre y apellido le puso el sistema a la causa. A qué juzgado fue a parar.

Quizá, si con la urgencia que la tragedia imponía, la justicia hubiera arbitrado los medios para la inscripción y la emisión de un DNI, y hubiera intervenido un asesor de incapaces -al tratarse de una menor de edad-, se podría haber abierto la posibilidad de una ablación de órganos.

Pero nada de esto ocurrió. Pese al factor humano, la burocracia puso lo suyo para que una desgracia tan lamentable como ésta haya sido aun mayor.

La causa judicial por el accidente ocurrido en San Clemente se recaratuló como “homicidio culposo”. El imputado se llama Martín Kumarn (UFI N°1, La Costa. Juzgado de Garantías N° 4).

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Josefina López Mac Kenzie
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Written by Josefina López Mac Kenzie

[Notas y artículos varios, escritos acá y en otros lados / @josefinalopezmk]

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