La virgen de Diputados llega a la Corte en tiempos de pañuelos naranjas

Josefina López Mac Kenzie
6 min readSep 7, 2019

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La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata elevó a la Suprema Corte de Justicia bonaerense una causa en la que se discute si una imagen de la virgen de Luján debe permanecer en la sede de la Honorable Cámara de Diputados o ser retirada de allí.

Fotos: 0221.com.ar

La historia empezó en 2010, cuando los diputados bonaerenses aprobaron un proyecto de resolución para entronizar una imagen de la popular virgen de Luján en el Salón de los Pasos Perdidos de esa cámara, que entonces presidía Horacio González.

“Con este acto, la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires reconoce en las vísperas del Bicentenario, que es la Virgen de Luján, para los creyentes, patrocinio y acompañamiento; y para aquellos que no comparten la fe, la simbología y la tradición. Desde este día, ella custodiará y velará los pasos en esta Casa, en la cual está representado todo el pueblo de la región bonaerense, el cual, desde la muy noble y fiel villa de Luján cobija bajo su manto celeste y blanco”, decía la resolución, aprobada sobre tablas.

Y fundamentaba: “(…) Hace 200 años, el pueblo del virreinato comenzó su gesta emancipadora (…). Pero, entre el pasado y el presente, hay signos, símbolos y señales que sirven de ancla y sostén y puente a nuestro pueblo. En ellos se reconocen argentinos, y muchos hermanos latinoamericanos (…). Y muchos de nuestros más grandes forjadores de la patria han desfilado delante de la sagrada imagen…”.

La entronización se concretó el 19 de mayo de 2010, como apertura de las celebraciones del Bicentenario de la Revolución de Mayo. Participaron el gobernador, Daniel Scioli, el arzobispo de La Plata, Héctor Aguer, el arzobispo de Luján-Mercedes, Agustín Radrizzani (que donó la réplica), y el arzobispo de la Iglesia Ortodoxa del patriarcado de Antioquía, Nicolaos Mati.

La Asociación por los Derechos Civiles y la Asociación Ateos Mar del Plata reaccionaron pidiendo formalmente a Horacio González que la imagen fuera retirada del palacio. Consideraron que su presencia violaba el principio de neutralidad religiosa del Estado y el principio constitucional de igualdad y no discriminación respecto del ejercicio del derecho a la libertad de conciencia.

Desde esta óptica, no es lo mismo que un símbolo religioso esté en un cementerio o en una plaza (o en estaciones de trenes, como la virgen de Luján, patrona de los ferrocarriles), que en la sede de uno de los poderes del Estado, donde se dictan leyes para todo el pueblo, más allá de las creencias individuales.

RECHAZOS

El pedido de las asociaciones laicistas se archivó después de una escala en la comisión de Derechos Humanos de la cámara baja, por lo que el conflicto pasó a la justicia. En 2011, presentaron una demanda contencioso-administrativa para que se anulara la resolución de Diputados (que consideraron inconstitucional), se retirara la imagen y la Cámara se abstuviera de instalar nuevos símbolos religiosos en los espacios públicos donde ejerce funciones.

Argumentaron, entre otras cosas, que no debe haber “una preferencia hacia determinada religión” en desmedro de otras en un espacio público y de relevancia institucional como la Legislatura, “a donde concurren a diario empleados, legisladores y ciudadanos de diversos credos o religiones o que no profesan credo ni religión alguna”.

Pero el entonces juez, Luis Federico Arias, desestimó íntegramente la demanda. En su sentencia, de 2016, sostuvo que no se advierte “ninguna irregularidad que amerite la anulación” de la resolución puesta en tela de juicio. En sus fundamentos, encuadró a la Argentina y a la Provincia en un “laicismo moderado”. Planteó que no cabe “adherir a la tesis -de cuño liberal- que propone una separación tajante entre los poderes públicos y las religiones”.

El magistrado consideró que esa resolución no hacía suponer que habría un trato discriminatorio a quienes no profesan la fe católica. Que no surge que “la exposición de un símbolo religioso en las paredes de un salón de la Legislatura bonaerense pueda tener alguna influencia en las decisiones que los diputados deban adoptar en ejercicio de sus funciones (…) así como tampoco lo hacen los pesebres o los crucifijos, muy comunes en los hospitales públicos de todo el territorio nacional”. Y que la virgen de Luján “es considerada uno de los símbolos de la cultura del país independientemente de la profesión religiosa”.

A su entender, la demanda muestra un “espíritu de intolerancia y falta de consideración por las convicciones religiosas” de otros. “Permitir que una persona o grupo exija la remoción de una imagen religiosa supone creerse portador de una verdad que se les niega a otros, convirtiendo en ese supuesto al laicismo en un anticlericalismo tan dogmático como las religiones que se pretenden resistir”, concluyó Arias.

Las asociaciones apelaron. La tradición, sostuvieron, no es un argumento válido para justificar la presencia de la virgen en Diputados. Incluso si esa imagen fuera significativa para la mayoría, “debe protegerse a las minorías del daño que las decisiones o actos de la mayoría puedan causarles”. Más aún, agregaron que “la circunstancia de que la Virgen de Luján sea reconocida por ‘muchos hermanos latinoamericanos’ -como planteaba la resolución- es irrelevante” porque “los legisladores de la Provincia tienen por función representar los intereses de todos los ciudadanos y no del pueblo latinoamericano”.

En abril de 2018, la Cámara (que integran los jueces Gustavo Daniel Spacarotel, Gustavo Juan De Santis y Claudia Angélica Matilde Milanta) confirmó la decisión de Arias. Las asociaciones laicistas presentaron entonces un “recurso extraordinario de inconstitucionalidad”, que fue admitido. La causa, entonces, fue elevada a la Suprema Corte provincial.

El abogado José María Martocci, miembro de la ADC y apoderado de las asociaciones cuya demanda ahora llega a la Suprema Corte, grafica en diálogo con 0221.com.ar: “La presencia de la Virgen reafirma la hegemonía de sentido católica y obtura otras miradas y espiritualidades. El punto es que en el espacio de la pluralidad, una presencia simbólica la excluye, la obtura. Y esto no se arregla con poner otros símbolos: siempre habrá espiritualidades no representadas, marginales pero que la Constitución también protege. Como podría ser el culto a San La Muerte u otros”.

SÍMBOLOS Y FANTASMAS El caso de la virgen de Diputados reedita en tiempos de pañuelos anaranjados -que se utilizan bajo la consigna “Iglesia y Estado, asuntos separados”-, la vieja polémica sobre la relación simbólica -y también económica- del Estado con la religión.

Hubo muchos casos previos. Como una acción judicial impulsada en 2003 por la ADC para remover una virgen de San Nicolás del palacio de Tribunales porteño. Una polémica que se dio en La Plata el año pasado durante el juicio a dos integrantes de la CNU; en ese ámbito, dos abogadas pidieron al Tribunal Oral en lo Criminal Federal que se retirara el crucifijo de la sala. O un proyecto de diputados nacionales del oficialismo que busca quitar todo símbolo religioso de edificios públicos.

¿Es intolerante pedir que se retire una imagen católica? ¿Es intolerante pedir que permanezca allí? ¿Podrían ser entronizadas en el mismo espacio representaciones de otros cultos, o un gauchito gil? Solo el tiempo, la justicia y la presión social podrán dar respuesta a estos interrogantes.

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Josefina López Mac Kenzie
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Written by Josefina López Mac Kenzie

[Notas y artículos varios, escritos acá y en otros lados / @josefinalopezmk]

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